AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2016-CA
Fecha: 15-Nov-2016
Fragmento 1
En consulta la Resolución SD-AC 11/2016 de 3 de octubre, cursante de fs. 346 a 349, pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, mediante la cual rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Carlos Hugo Argandoña Subieta demandando la inconstitucionalidad del art. 188.I. 13 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-, por ser presuntamente contrario a los arts. 7, 8, 14, 21, 22, 115.II, 116, 117.I, 119.II, 120, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1 y 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 5, 8.1 y 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 26 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR