Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2016-RCA
Fecha: 14-Nov-2016
I.4. Resolución del
El Juez Público Civil y Comercial Decimosexto del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por decreto de 29 de septiembre de 2016, cursante a fs. 44, dispuso que la parte accionante, en cumplimiento al art. 33.4 y 7 del Código Procesal Constitucional (CPCo), adjunte documentación que sustente su pretensión, individualice los derechos que considera vulnerados; y, reitere su petitorio de manera expresa.