AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2016-RCA

Fecha: 14-Nov-2016

II.4.  Análisis del caso concreto

En ese contexto, el accionante señaló que la Gerencia Regional La Paz de la ANB, al pronunciar la Resolución Sancionatoria por Contrabando AN-GRLPZ-ULELR 062/2016, no efectuó un análisis merceológico del camión perforador que importó legalmente, persistiendo en esta tercera ocasión, en no fundamentar y exponer los motivos por los cuales no se aplicó la partida arancelaria que le corresponde a ese vehículo, desobedeciendo a las indicadas Resoluciones emitidas por la ARIT de La Paz, que anularon las actas de intervención, obrando de esa manera de forma intransigente a pesar de haber demostrado documentalmente que en otros casos idénticos, la administración aduanera sí aceptó y aplicó la partida arancelaria reclamada, pero en su caso de manera arbitraria y discriminatoria no la aplicó.

En el caso concreto, se establece que la Gerencia Regional La Paz de la ANB, emitió la Resolución Sancionatoria por Contrabando AN-GRLPZ-ULELR 062/2016, en cumplimiento a lo dispuesto por la ARIT de La Paz; ya que, como lo señaló el mismo accionante, se anularon obrados en dos oportunidades y esta sería la tercera vez que se pronuncia la entidad ahora demandada; bajo ese entendimiento, se observa que al emitirse una nueva Resolución Sancionatoria como efecto de lo dispuesto por la indicada ARIT, dicho fallo es susceptible de impugnación, a través de los medios idóneos que establece el Código Tributario Boliviano, como son los recursos de alzada y jerárquico por lo que se evidencia que el accionante no agotó los recursos que la ley le franquea.

Finalmente; puesto que, el accionante no hizo uso oportuno de los recursos ordinarios para la reparación de las vulneraciones denunciadas, la presente acción de amparo constitucional, se enmarca en los alcances de la causal de improcedencia establecida en el art. 53.3 del CPCo, por lo que corresponde ratificar la decisión del Tribunal de garantías.