Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0333/2016-RCA
Fecha: 16-Nov-2016
improcedencia in limine
Alega que, en la exposición de los hechos se comprobó que se agotó la vía ordinaria y que el acto que se acusa de nulo fue denunciado en su oportunidad; sin embargo, no se consideró tales extremos, en mérito a ello impugnan el Auto que determinó la “improcedencia in limine” a efectos de su revisión.