SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2016-S2
Fecha: 03-Nov-2016
concedió
La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Beni, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 03/2016 de 15 de agosto, cursante de fs. 150 a 160, concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata reincorporación del accionante a su fuente de trabajo en el cargo que desempeñaba, con el mismo nivel salarial, así como en caso de existir pendiente el pago de sueldos devengados desde el momento de su despido hasta su efectiva reincorporación y demás derechos que corresponda, en base a los siguientes fundamentos: i) Ronald Andrés Cossío Blanco determinó acudir a la vía constitucional con el objeto de obtener una protección inmediata a sus derechos de carácter social que fueron vulnerados por la autoridad demandada, quien se resistió a dar cumplimiento a la conminatoria que dispuso su reincorporación; y, ii) Con independencia de la impugnación en la vía administrativa o judicial de la decisión de reincorporación, la conminatoria debe ser cumplida inmediatamente y ante la negativa del empleador de acatar la misma, se abre la posibilidad que el trabajador acuda directamente a la vía constitucional, sin que sea aplicable el principio de subsidiariedad.