SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

a)

Carlos Poma Ramos, Director Técnico del SEDCAM La Paz, manifestó que: a) El instructivo del mes de diciembre de 2015, no pretendió afectar la estabilidad laboral de los trabajadores, estando dirigida a aquellos trabajadores de los cuales habían cumplido sus contratos eventuales o a plazo fijo; b) Los contratos suscritos con la accionante no fueron contratos sucesivos; c) La Jefa Departamental del Trabajo de La Paz, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, no consideró los trabajos a plazo fijo, discontinuos o eventuales suscritos entre la entidad y la accionante, mismos que fueron presentados en audiencia; y, d) No se puede hablar de desvinculación de la relación de trabajo y sin justificativo, ya que hubieron interrupciones entre uno y otro contrato; por lo que, solicita se deniegue la presente acción de defensa.