SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

1)

El Asesor Jurídico de la FELCC, en audiencia señaló que: 1) Para interponer la acción de libertad se tiene que individualizar a las personas demandadas a fin de cumplir con la legitimación pasiva, conforme señala la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional; 2) El mandamiento de aprehensión librado por el Ministerio Público, no fue ejecutado por funcionarios policiales de la FELCC, sino por miembros de inteligencia de “GISEI” (sic) de La Paz; y, 3) Si los accionantes consideraban que sus derechos fueron vulnerados, debieron acudir ante el Juez de Instrucción a cargo del control jurisdiccional; por lo que pide se deniegue la tutela.