Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1172/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
1)
Juan Carlos Montalván, Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, mediante informe cursante a fs. 19 y vta., señaló: 1) El accionante olvidó que se le conminó a coadyuvar con las fotocopias para efectivizar la remisión del cuaderno de apelación; 2) La demora en la elaboración del acta, se debió a que la audiencia de 4 de junio de 2019, inició a horas 10:00, y concluyó a las 18:55, prolongándose nueve horas por la pluralidad de aprehendidos y su extensa defensa; y, 3) Por proveído de 16 de junio de 2016 y oficio de la misma fecha, se ordenó y remitió el cuaderno de apelación a la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Estado
- III.2.1.De la acción de libertad
- III.2.2.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 12