SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2016-S3
Fecha: 04-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El padre de sus hijos fue procesado y posteriormente sentenciado por el delito de transporte de sustancias controladas, causa en la cual el vehículo de su propiedad fue confiscado, cuando solicitó la devolución del mismo, se enteró que se había iniciado un proceso penal en su contra -por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas-, ante el Juez hoy demandado, habiéndose programado audiencia de consideración de medidas cautelares para el 24 de agosto de 2016.
En audiencia de consideración de medidas cautelares, el Juez ahora demandado dispuso ilegalmente su detención preventiva, sin considerar que es madre de tres hijos, estando la menor de ellos en etapa de lactancia; además, no se valoró su voluntad de someterse al proceso penal, toda vez que se enteró del mismo al momento de solicitar la devolución de su vehículo asistiendo aun así a la audiencia programada, y tampoco se tomó en cuenta la existencia de un contrato de compra venta de un lote de terreno y otras certificaciones que acreditan su domicilio y la no concurrencia de los riesgos procesales, más aun considerando que conforme la norma adjetiva penal es improcedente la detención preventiva de madres durante la lactancia de hijos menores de un año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, (…) es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR