Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1213/2016-S3
Fecha: 04-Nov-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de libertad, y ampliándolos manifestó que la autoridad judicial ahora demandada debió precautelar el derecho a la vida tanto de la accionante como de su hija lactante conforme lo prevé el art. 232 del Código de Procedimiento Penal (CPP); además, está siendo procesada con las mismas pruebas que sentenciaron a su esposo, implicándola en un caso en el que no tuvo ninguna participación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, (…) es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR