SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2016-S1

Fecha: 17-Nov-2016

III.4.

El accionante denunció la lesión de su derecho a la libertad personal vinculado con el debido proceso; toda vez que, el Juez demandado mediante decreto de 14 de septiembre de 2016, le negó la salida judicial a efectos de asistir como docente a un seminario, siendo que en anteriores oportunidades y con el mismo objetivo se le otorgó dicho permiso; siendo que su persona fue beneficiado por medidas sustitutivas a la detención preventiva, tales como arresto domiciliario con dos escoltas.

De acuerdo a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el Tribunal Constitucional Plurinacional estableció que ante la denuncia de vulneración al debido proceso a través de la presente acción tutelar, la misma será atendible siempre y cuando dicha transgresión afecte la libertad del accionante.

En el caso de autos, no se evidenció la existencia del nexo causal entre la denuncia de vulneración al debido proceso y la restricción de la libertad del accionante, motivo por el cual no es atendible la demanda constitucional instaurada; toda vez que, si bien el derecho a la libertad del accionante esta restringido es debido a emisión de la Resolución 0225/2015 de 13 de julio, a través de la cual el Juez demandado dispuso la cesación a la detención preventiva del accionante ordenando en consecuencia su detención domiciliaria con dos custodios, fianza económica de Bs.30 000, obligación de presentarse ante el Ministerio Público todos los martes, arraigo y prohibición de comunicarse con testigos y otros partícipes y no debido a negativa a su solicitud de salida judicial a efectos de asistir en calidad de docente al seminario de actualización sobre el proceso penal; correspondiendo en consecuencia, denegar la tutela impetrada.