SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1243/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1243/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Encontrándose la accionante María Elena Soto Llanos desempeñando funciones laborales continuas y permanentes como dependiente de la empresa “Servicio de Catering ISIRI” de propiedad de Romelia Sánchez Panique, mediante contrato a plazo fijo, en su cláusula segunda estableció que el plazo del contrato correrá desde el 15 de abril de 2016 hasta el 30 de septiembre de igual año inclusive, habiendo la accionante desempeñado funciones de ayudante general en el área de producción, actividades de cocinera, limpieza, cortado de verduras, lavado de vajillas, hasta limpieza y otras, aclarando que su persona cumplió funciones laborales hasta el 13 de agosto del año señalado, fecha en la que fue sacada con engaños del campamento y posteriormente no la dejaron ingresar a la empresa, manifestándole que su persona había sido despedida. Por lo que presentó denuncia por despido injustificado ante la Jefatura Regional de Trabajo de Villamontes, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dicha entidad emitió Conminatoria de reincorporación J.R.T.V.M. 07/2016 de 1 de septiembre, mediante la cual conminó a Romelia Sánchez Panique, propietaria de la empresa unipersonal “Servicio de Catering ISIRI”, proceda a la reincorporación laboral de la trabajadora, al mismo puesto que ocupaba, así como la cancelación de los sueldos no percibidos hasta la fecha, conminatoria que fue recibida el 1 de septiembre de 2016 por el abogado Alex López Cairo, en su condición de apoderado legal de Romelia Sánchez Panique, conforme Testimonio de Poder Notariado 809/2016 de 18 de agosto, transcurridos el plazo de tres días y no habiéndose dado cumplimiento a la conminatoria mencionada, siendo que la misma es de cumplimiento obligatorio y su impugnación no implica la suspensión de su ejecución, conforme las previsiones del art. 10.IV del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006 modificado por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010, con relación al art. 48.I de la Constitución Política del Estado (CPE), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social emitió el Informe 33/2016 sobre incumplimiento a la conminatoria dispuesta, extremo que persiste hasta la fecha.