Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2016-CA
Fecha: 13-Dic-2016
Fragmento 1
En consulta la Resolución 0139/2016 de 18 de noviembre, cursante de fs. 35 a 36 vta., pronunciada por la Jueza Disciplinaria Primera de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Rubén Valda Gómez, Juez de Partido Civil y Comercial Tercero -ahora Juez Público Civil y Comercial Tercero- de El Alto del mismo departamento demandando la inconstitucionalidad del art. 187.3 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) -Ley 025 de 24 de junio de 2010-, por ser presuntamente contrario a los arts. 116.II, 121, 178.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR