AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2016-CA
Fecha: 13-Dic-2016
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 1 de noviembre de 2016, cursante de fs. 27 vta., a 29, el accionante señala que fue notificado con el Auto de 14 de octubre de igual año, que dio inicio al proceso disciplinario en su contra por la supuesta comisión de la falta prevista en el art. 187.3 de la LOJ, que prevé: ‘“Son faltas graves y causales de suspensión…Se le declare ilegal una excusa en un (1) año”’ (sic).
La tipificación de la disposición impugnada no es clara, al sostener como falta que se declare ilegal una excusa en un año; sin precisar el tipo de excusa; es decir, si es dolosa o culposa; lesionando el art. 116.II de la Ley Fundamental, aplicable en materia sancionatoria disciplinaria que garantiza los principios de legalidad y taxatividad; empero, la norma impugnada al no establecer dichos aspectos genera incertidumbre en su interpretación y otorga discrecionalidad a las autoridades disciplinarias, por otra parte al ser revisada la excusa por un tribunal superior es posible que el mismo se equivoque en la valoración o interpretación de la Ley y el error que puedan cometer los vocales puede provocar una injusta sanción al funcionario judicial lesionando el art. 121 de la CPE.
El articulo acusado de inconstitucional, sanciona solo una excusa declarada ilegal, únicamente cuando está es consultada por el juez o tribunal siguiente en número, de ahí que lesiona el principio de igualdad; es decir cuando se remite una excusa a un tribunal o juez, la decisión no puede ser impugnada, por lo que considera que se desconoce el derecho a la impugnación previsto en el art. 180.II de la Norma Suprema.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR