AUTO CONSTITUCIONAL 0358/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0358/2016-RCA

Fecha: 09-Dic-2016

improcedencia

El Juez de garantías, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento de que el accionante no utilizó los recursos idóneos para reclamar las supuestas vulneraciones a sus derechos, en la vía ordinaria; es decir, no interpuso el incidente de nulidad a efecto de declarar nula la diligencia de notificación que ahora impugna ante la misma autoridad que conoció el proceso, para reparar dicha lesión.

A objeto de verificar si tal decisión es correcta, es necesario identificar la problemática traída a esta instancia, la cual de acuerdo a la demanda planteada por Sergio Marcel Márquez Basilio, Encargado Nacional de Asuntos Jurídicos del SENASAG, converge en la presunta ilegal notificación con el Auto de Vista 58/2016 de 2 de septiembre; toda vez que, después de haber hecho constante seguimiento a su apelación, sin resultado alguno, en el mes de octubre se aproximó nuevamente a la Sala donde radicó la causa, instancia donde le informaron que su proceso ya se encontraba ejecutoriado, sin haber sido el SENASAG debidamente notificado, exhibiéndose en el expediente una ilegal notificación realizada el 5 de septiembre de 2016, en presencia de un testigo de actuación.