AUTO CONSTITUCIONAL 0358/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0358/2016-RCA

Fecha: 09-Dic-2016

improcedente

El Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, por Resolución 006/2016 de 4 de noviembre, cursante de  fs. 70 a 72 vta., declaró improcedente la acción de amparo constitucional fundamentando que, conforme a lo establecido por los arts. 129.I de la CPE, y 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), la parte debió necesariamente agotar las vías legales antes de acudir a la instancia constitucional, es decir, no utilizó los recursos idóneos para reclamar las supuestas vulneraciones a sus derechos; toda vez que, reclamó una ilegal notificación, empero no interpuso ningún incidente de nulidad a efectos de declarar nula dicha actuación judicial, mediante los instrumentos procesales en la jurisdicción ordinaria; por lo que, esta acción de defensa no es sustitutiva del recurso judicial, evidenciándose que no se cumplió con la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional.