AUTO CONSTITUCIONAL 0359/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0359/2016-RCA

Fecha: 09-Dic-2016

Contra actos consentidos libre y expresamente

Dentro los actos consentidos al cual se refiere el art. 53.2 del CPCo, señala que la acción de amparo constitucional no procederá: “Contra actos consentidos libre y expresamente…” (sic). Correspondiendo ahora referir que el debido proceso, considerado en su triple dimensión como garantía, principio y derecho, tiene por objeto asegurar que el proceso -judicial o administrativo- se lleve adelante en estricta observancia de las disposiciones legales; sin embargo, esta responsabilidad, no es privativa de quienes administran justicia, sino que se extiende también a quienes forman parte del proceso; es decir, a los sujetos procesale.0