Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2016
Fecha: 01-Dic-2016
II.4.
II.4. Por Resolución de Consejo Facultativo 06/2015 de 10 de noviembre, el Consejo Facultativo de la mencionada Facultad, dando cumplimiento a la Resolución de Consejo Facultativo 03/2015 y validando la Resolución Ad Referéndum 15/2015, determinó que el acto electoral deberá llevarse a cabo el 17 de noviembre de 2015; asimismo, se ratificó al Comité Electoral conformado por la Resolución de Consejo Facultativo 03/2015, delegando al mismo la realización y desarrollo del proceso electoral (fs. 54).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Admisión y citación
- a)
- I.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad: jurisprudencia reiterada
- 1)
- III.2.
- Art. 1
- Art. 3
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3º