SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2016-S1

Fecha: 01-Dic-2016

denegó

El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sica Sica en suplencia legal del Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Patacamaya, ambos del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 2/2016 de 9 de junio, cursante de fs. 33 a 35, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) La acción de libertad deberá tener respaldo jurídico, siendo debidamente motivada como mecanismo de última ratio; 2) Cuando se trate de medidas cautelares en procesos penales, esta demanda tutelar se activará para impugnar lesiones al debido proceso; 3) La Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, tiene la finalidad de evitar vulneraciones de derechos y garantías constitucionales, regulando un procedimiento sin vicios; 4) De la revisión del cuaderno de control jurisdiccional, conforme al acta pública de medidas cautelares, previamente se debió interponer la apelación incidental antes de la acción de libertad; situación que no aconteció en el presente caso; y, 5) Esta acción de defensa, no procede directamente ante las determinaciones asumidas por las autoridades demandadas, debiendo agotar previamente la vía subsidiaria de la apelación incidental.