SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1295/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

III.4.  Análisis del caso concreto

La accionante a través de su representante sin mandato; alegó encontrarse detenida ilegalmente por funcionarios policiales, sin demostrar ninguna orden de aprehensión procedieron a detenerla y conducirla hasta sus dependencias; empero, jamás fue legalmente citada, razón por la cual desconocía la referida denuncia.

Si bien, es evidente que la acción de libertad se caracteriza por su carácter de informalismo, ello no implica que la parte accionante no deba acompañar la prueba que acredite la veracidad de las acusaciones formuladas, a objeto de lograr sus pretensiones; en ese sentido, no puede dictarse una resolución que conceda la tutela, cuando no se comprueba la vulneración de algún derecho o garantía fundamental conforme lo establece la jurisprudencia señalada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

De la revisión del expediente, se advierte que no se presentó ninguna prueba idónea como el cuaderno de investigaciones o declaraciones testificales, que acrediten sobre la supuesta indebida actuación de las autoridades demandadas, que otorguen certeza sobre la supuesta ilegalidad a su detención; por lo que, al no haberse demostrado los hechos alegados por el impetrante de tutela y no tener certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física, corresponde denegar la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.