SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2016-S2

Fecha: 16-Dic-2016

a)

El abogado de la parte accionante, en uso de la palabra, reiteró los argumentos de su acción de libertad, añadiendo que: a) Ante el juez cautelar se presentó dos certificados médicos, uno médico forense donde se señala que no había nada que destacar en la víctima; y, el segundo informe pericial refiere que el relato de la víctima no es creíble; b) De acuerdo con el acta de audiencia de medidas cautelares, se evidencia que nunca se exhibió como prueba la cédula de identidad del accionante, presentándose una certificación del sindicato de transportes, Registro Único para la Administración Tributaria (RUAT) y licencia de conducir, por cuanto el Tribunal de alzada no podía dar por latente el art. 234 del CPP, sustentando que su cédula de identidad refiere su condición de estudiante y no de chofer; c) Con el fundamento que se trata de un caso de violación con agravante y la afirmación “…siendo chofer se aprovecha y abusa de una menor de edad…”(sic), lesionan la presunción de inocencia puesto que aún no se tiene demostrado la comisión del delito; además, establecen su calidad de chofer; y, posteriormente refieren de manera contradictoria que según su cédula es estudiante y no chofer; y, d) La prueba debe ser valorada de manera integral en observancia del principio de temporalidad y espacio; sin embargo, se basaron en una fotocopia simple de la cédula de identidad sin considerar los demás documentos.