Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2016-S3
Fecha: 06-Dic-2016
a)
Solicita se conceda la tutela y se ordene: a) A la autoridad demandada dar cumplimiento a los plazos establecidos en los arts. 132.1 del CPP, y que en el plazo de veinticuatro horas dicte su Resolución sobre la solicitud de señalamiento de fecha y hora de audiencia de modificación de medidas cautelares; b) Se remitan copias legalizadas al Ministerio Público a efectos de que se inicie un proceso penal por incumplimiento de deberes; y, c) Se envíen antecedentes al Consejo de la Magistratura a efectos de que se inicie un proceso disciplinario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º