AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2016-CA

Fecha: 04-Feb-2016

II.1. Atribución de la Comisión de Admisión

De acuerdo a lo previsto por el art. 26.II del CPCo, “La Comisión de Admisión en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, observará, si fuera el caso, el incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 24 del presente Código” y a su vez el art. 27.I del referido cuerpo legal, señala que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos o subsanadas las observaciones, la Comisión de Admisión en un plazo no mayor de cinco días se pronunciará sobre la admisión o rechazo, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Código Procesal Constitucional.