AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2016-RCA
Fecha: 02-Feb-2016
I.5. Síntesis de la impugnación
Los accionantes manifestaron que, si bien el expediente se encuentra en el Tribunal Supremo de Justicia; es para resolver el recurso de casación contra la Sentencia y el Auto de Vista donde impusieron una sanción condenatoria de privación de libertad; empero, este Tribunal, no va a resolver los incidentes y las excepciones formuladas; razón por la que, se remitieron obrados ante el Tribunal de Sentencia de El Alto del departamento de La Paz, a objeto de que la excepción sea resuelta por las autoridades de ese Tribunal; contra el Auto de Vista pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que resolvió la apelación incidental antes mencionada, no existe recurso ulterior ordinario.
El Tribunal de garantías confundió el principio de subsidiariedad, los incidentes y las excepciones son instituciones jurídicas procesales totalmente diferentes a los recursos ordinarios. Consiguientemente, esa interpretación les causó perjuicios; por lo que, solicitaron la remisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional a objeto de que se compulse correctamente y se admita para su tramitación.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.3.