AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2016-RCA
Fecha: 10-Feb-2016
a)
La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de 5 de noviembre de 2015, cursante a fs. 38, ordenó que el accionante subsane los siguientes aspectos: a) Señalar de manera clara y concreta, los derechos y garantías constitucionales que considera infringidos con el AS 722/2014-RRC, pronunciada por las autoridades demandadas; b) Establecer el petitorio, y precisar como pretende se le restituyan los supuestos derechos vulnerados; c) Indicar el domicilio real o lugar donde puedan ser notificadas la parte demandada y los terceros interesados; y, d) Presentar las diligencias de notificación a las partes con el AS 722/2014-RRC, y adjuntar la prueba que fundó su pretensión.