Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2016-RCA
Fecha: 17-Feb-2016
I.2.
El accionante por medio de su representante legal estima que fueron lesionados sus derechos a la propiedad privada, a la vivienda, al debido proceso y a la defensa; a la garantía de la seguridad jurídica y al principio de impugnación, citando al efecto los arts. 19.I, 56, 115.II, 178.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).