SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2016-S2

Fecha: 01-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 4 de octubre de 2015, mi persona fue denunciada por mi conyugue y mi suegra  por violencia familiar o doméstica, y aproximadamente a horas 08:50, tomaron conocimiento los funcionarios policiales y fui conducido a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) de la zona central, en calidad de arrestado por el sargento Laura Investigador del caso quien puso a conocimiento del Fiscal de Materia de Turno Boris Rene Flores Cangri, donde procedieron a tomar mi declaración, disponiendo mi aprehensión mediante Resolución emitida por el Fiscal de Turno llevándome a las celdas judiciales, y posteriormente notificándome el 4 de octubre de 2015 a horas 15:15 entregándome la copia de ley; siendo que hasta la fecha no pude asumir defensa; así mismo  su conyugue y su persona habrían arribado un acuerdo transaccional de desistimiento de denuncia que fueron presentados al Fiscal; además no se cuenta con apertura del caso en la Fiscalía y no se habría puesto en conocimiento del Juez Instructor en lo Penal, por lo que su persona se encuentra aprehendida por más de 48 horas desde el momento de su notificación con la resolución de aprehensión, solicitando se restablezca sus derechos constitucionales, habiendo sido víctima de atropellos por el accionado.