SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso ordinario de divorcio que sigue contra María Alejandra Landivar Torrico, el 10 de junio de 2015, se practicó la liquidación de asistencia familiar fijada en su contra; la cual fue observada de su parte. Resolviendo dicha observación, la Jueza Tercera de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz, mediante Auto Interlocutorio de 20 de agosto del referido año, sin oír sus argumentos, actuando de manera parcializada con su contraparte, declaró improbada las observaciones. Posteriormente, sin que se le haya notificado con dicha resolución; ya sea para que en el plazo legal efectué el pago o para que en su defecto impugne la misma, la Jueza demandada libró mandamiento de apremio en su contra el 25 de septiembre del indicado año, conminándole al pago de la suma de $us23 802.- (veintitrés mil ochocientos dos dólares estadounidenses) y el 28 del mismo mes y año, ordenó el allanamiento de su domicilio, sin especificar cuál domicilio debía allanarse, habiéndosele detenido en su fuente laboral para luego ser llevado al Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, donde permaneció hasta que sus familiares, apiadándose de su atroz situación, efectuaron el pago.