SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S2

Fecha: 12-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Ministerio Público, a denuncia de Lisbeth Mariscal Toledo, le inició una acción penal por el delito de estafa, el 26 de febrero de 2014, y el 21 de julio de mismo año, presentó ante la Jueza demandada, la imputación formal en su contra, la cual no se encontraba debidamente fundamentada, ya que no cumplía con lo estipulado en los arts. 73, 302.3) del Código de Procedimiento Penal (CPP); razón por la cual, el 11 de septiembre del mismo año, interpuso incidente de nulidad de la imputación formal, por defectos absolutos. Dicho incidente fue rechazado por la Jueza demandada, contra cuya Resolución interpuso apelación incidental, el cual fue resuelto por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 104 de 21 de mayo de 2015, anulando el Auto apelado y ordenando a la Jueza de Instrucción Décimo en lo Penal, la dictación de una nueva resolución debidamente fundamentada.

Habiendo radicado nuevamente el cuaderno de dicho juzgado el 25 de agosto de 2015, la autoridad demandada no dio cumplimiento al Auto de Vista 104, pues no emitió nueva resolución, ni cumplido con las formalidades legales, sin que exista motivo justificado para demorar más de 41 días en emitir dicha resolución.