SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0151/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0151/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

a)

El accionante, a través de su abogado, en audiencia pública, manifestó: a) Es falsa la aseveración que hace el Ministerio Público en sentido de que se hubiera apersonado su defendido ante el investigador del caso; no cursa en el cuaderno de investigación citación alguna que motive un mandamiento de aprehensión, les extraña que ni siquiera cursa en dicho cuaderno el citado mandamiento; b) La prueba adjuntada a la presente acción demuestra que se solicitó control jurisdiccional ante el Juez cautelar; ésta autoridad ha conminado al representante del Ministerio Público a objeto de que presente el requerimiento conclusivo dentro del plazo establecido, pero hizo caso omiso y continúo hasta la fecha ejerciendo la acción investigativa sin que se haya pronunciado dentro de los plazos establecidos, aspecto que claramente vulnera derechos; c) Manifestó el Fiscal de Materia que estarían subsanando una declaración que él presentó el 1 de julio de 2014; sin embargo, extraña a la defensa que ahora este Fiscal firme la declaración haciendo ver a las luces, que hay una irregularidad en la investigación; si bien es cierto que el imputado pudo haber declarado en una oportunidad, no era necesario que el Fiscal firme; d) Su defendido, en su declaración informativa, señaló su domicilio real pero nunca llegó una citación al mismo; y, d) Se presentaron memoriales al Juez contralor a efectos de que le instruya al Fiscal de Materia pronunciar requerimiento conclusivo, prueba plena constituye, la conminatoria realizada por el citado Juez; sin embargo, dichas órdenes no fueron cumplidas, tampoco lo hizo, se cumplieron los plazos establecidos por ley; de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, todos estos aspectos hacen ver que se está llevando a cabo un procesamiento ilegal e indebido; por lo que se hace viable la presente acción.