Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2016-S3
Fecha: 04-Feb-2016
II.2.
II.2. Mediante nota con Cite: 136/2015 de 5 de agosto, la CNS puso a conocimiento del Régimen Penitenciario que el hoy accionante, estuvo presente en consulta externa en ese centro hospitalario de horas 14:15 a 14:55, no pudiendo ser atendido por tratarse de un paciente que cuenta con el seguro voluntario y que debe someterse al art. 8 del Reglamento Institucional (fs. 35).