SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

a)

La parte accionante, a través de su abogado, en audiencia, se ratificaron de manera in extensa en el contenido de la demanda interpuesta, y ampliando señalaron que: a) El 29 de julio de 2015, adquirieron el bien inmueble mencionado, y el 9 de agosto del mismo año, los aludidos demandados, tapiaron de forma violenta la única puerta de ingreso de su domicilio, lo que no solo les impidió su libre circulación, sino también de abastecerse de alimentos y sobre todo del líquido elemental de subsistencia, agua; b) A raíz de ese comportamiento forzoso, que implica justicia por mano propia, sin considerar que son personas de la tercera edad, les restringieron además su derecho al trabajo y a reunirse con sus propios familiares; c) Si bien los demandados aducen tener derecho propietario sobre el señalado inmueble, ese reclamo debieron dirigirlo contra el vendedor y no contra sus personas; y, d) Existe documentación, como títulos de propiedad, informes periciales que demuestran que sus personas son propietarios del bien inmueble, razón por la cual, al hallarse indebidamente privados de libertad y perseguidos ilegalmente, piden se conceda la tutela impetrada.