SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

concedió

El Juez de Partido Penal Liquidador y de Sentencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, Resolución 19/2015 de 1 de septiembre, concedió la tutela impetrada, disponiendo que los demandados se abstengan de realizar cualquier acto que impida el derecho de locomoción y en relación al derecho propietario del bien inmueble, tanto el accionante como los demandados, acudan a la vía llamada por ley, con los siguientes fundamentos: i) El accionante así como los demandados cuentan con legitimidad para ejercer su derecho sobre el inmueble en cuestión; por cuanto, aún no se definieron los límites del mismo; ii) Nadie tiene facultad de restringir el derecho a la libertad de locomoción de ninguna persona, por lo que los demandados, al impedir que el accionante salga de su domicilio, lesionaron su derecho a la libre circulación; iii) Las personas demandadas, pese a su legal notificación, no presentaron ningún informe acerca de los hechos denunciados; y, iv) En su condición de Juez de garantías constitucionales, debe velar que no se restrinja el derecho a la libertad que le asiste a todo ciudadano.