SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2016-S1
Fecha: 29-Feb-2016
a)
Zenon Soto Soto, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Minero del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito cursante de fs. 41 a 43 vta., refiriendo que: a) La accionante, era consultora en línea, modalidad permitida por la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, quienes para sus diferentes proyectos deben contratar personal pagado con el presupuesto de cada proyecto y a cuya conclusión también los consultores dejan de prestar servicios; y, b) Esta modalidad de contratación no genera ninguna relación ni derecho laboral, por lo que en el caso no existe ningún despido injustificado, por cuanto en el caso el presupuesto del proyecto se acabó y debido a ello se rescindió el contrato, por lo que pide se deniegue la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto al cumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- lo que por cierto no es óbice, como lo aclara la referida Sentencia, para la ejecución inmediata de la conminatoria de reincorporación, una vez que esta ha sido pronunciada
- mal podría pretenderse que esta jurisdicción llegue al convencimiento de que el despido fue o no justificado, pues el acervo probatorio con el que cuenta no le permitiría llegar a verdades históricas materiales, así como tampoco corresponde reemplazar a toda la judicatura laboral con la jurisdicción constitucional; justamente de este escenario proviene el hecho de que la conminatoria es de cumplimiento inmediato, y que su incumplimiento vulnera el núcleo esencial del derecho al trabajo, desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, situación que habilita a la actuación inmediata de esta jurisdicción constitucional a menos que se evidencie en la tramitación del proceso administrativo violaciones del debido proceso que impidan que esta jurisdicción constitucional haga ejecutar una conminatoria que emerge de vulneración de derechos fundamentales…
- III.4 Respecto al alcance y carácter de los contratos de consultoría en línea
- de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte