Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2016-RCA
Fecha: 29-Mar-2016
I.3. Petitorio
Solicita se conceda tutela, disponiendo se dicte un nuevo mandamiento de desapoderamiento, contra los accionandos con auxilio de la fuerza pública en su división “…UTOP en un número de 50 efectivos…” (sic); y, en ejecución de sentencia de la acción tutelar se determine resarcimiento de daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- “
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa, aspecto reconocido de manera uniforme por la jurisprudencia emanada en ejercicio del control de constitucionalidad y que debe ser ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4.