El Auto Constitucional Plurinacional 0003/2016-RQ de 3 de marzo, consignó en su última parte, “No intervienen los Magistrados Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez y Tata Efren Choque Capuma, por ser todos de voto disi
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Auto Constitucional Plurinacional 0003/2016-RQ de 3 de marzo, consignó en su última parte, “No intervienen los Magistrados Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez y Tata Efren Choque Capuma, por ser todos de voto disi

Fecha: 13-Mar-2016

II. FUNDAMENTOS JURIDICOS

Previo a la emisión de la presente resolución, resulta pertinente referirnos a las características del voto disidente y la aclaración de voto; al respecto la              SCP 0049/2012 de 26 de marzo, sostuvo: “La disidencia de un magistrado a una decisión no sólo representa un ejercicio legítimo a su libertad de pensamiento y consiguientemente libertad de expresión, sino que resulta ser una de las exteriorizaciones de la ‘pluralidad y pluralismo’ que nuestra Constitución no solo reconoce, sino gestiona.