SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

El 31 de agosto de 2015, no obstante de ser parte del sindicato de trabajadores y gozar de inamovilidad laboral, fue despedido de la Unidad de Aseo Urbano del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija; contra esa decisión, el 15 de septiembre del igual año, presentó denuncia ante la Dirección Departamental de Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social instancia que de acuerdo a la Resolución Ministerial (RM) 868/2010 de 26 de octubre, citó a Luís Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal, para que responda a la denuncia interpuesta en su contra, fijándole al efecto, fecha y hora de audiencia, expresándole además que su persona en su condición de dirigente sindicalista, gozaba de fuero sindical y conforme a la Resolución Administrativa (RA) 004/2015 de 21 de mayo, no ameritaba su despido; sin embargo, la nombrada autoridad edil, no se presentó a la audiencia señalada, omisión que no solo originó su declaratoria de rebeldía, sino que además se asumió como prueba plena que aceptó su despido injustificado; razón por la cual, la indicada Dirección Departamental, emitió el Memorándun MTEPS/JDTP 009/2015 de 5 de octubre, a efecto de que el Alcalde de dicho Municipio, proceda con su reincorporación a su fuente laboral; empero, dicha autoridad en lugar de dar cumplimiento de manera inmediata a lo dispuesto, dedujo recurso de revocatoria.