SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la investigación que sigue en su contra el Ministerio Público a instancias de Frida Estela Grossman de Strasser, el 16 de septiembre de 2015, la Fiscal asignada al caso, emitió la imputación formal respectiva por la supuesta comisión del delito de abuso de firma en blanco y Lidia Santa Alarcón Aranda, Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, en audiencia de 16 de diciembre de 2015, de consideración de medidas cautelares, dispuso su detención preventiva, por establecer que existían suficientes elementos de convicción sobre la comisión del delito que se le imputa, sin considerar que acreditó tener familia, ocupación y domicilio fijo, y que no existe riesgo de obstaculización.

Precisa que, la autoridad judicial demandada, realizó una incorrecta valoración de la prueba aportada para desvirtuar dicho riesgo, por cuanto fundamentó una  contradicción entre el domicilio consignado en el registro domiciliario y el consignado en el contrato de anticrético, pese a que se explicó oportunamente que el inmueble estaba ubicado en el segundo piso de uno principal; inclusive, reconocido el error involuntario, la Juzgadora refirió que presente un memorial peticionando la cesación de la detención ordenada y que señalaría audiencia a la brevedad posible.