SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0289/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0289/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 3 de septiembre de 2015, sin previo aviso, se le entregó memorándum por el que se procedió a su desvinculación laboral como trabajador de la empresa en virtud al cumplimiento de su contrato de trabajo, encontrándose desempeñando funciones como prevendedor en la empresa de BBO S.A. desde el 1 de septiembre de 2014; sin embargo, su despido fue ilegal vulnerando sus derechos laborales, al haberse suscrito con anterioridad tres contratos a plazo fijo, y se le informó que su último contrato era de carácter indefinido, por lo que continuó trabajando en tareas propias y permanentes de la empresa. Habiendo presentado la respectiva denuncia ante la Jefatura Departamental del Trabajo del Beni, se emitió la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.BE. 044/2015 de 9 de noviembre, la misma que se entregó a personeros de la entidad con intervención de Notario de Fe Pública, sin que la misma se haya cumplido hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar. Entonces, ante el incumplimiento de la reincorporación instruida, el trabajador o trabajadora se encuentra habilitado para interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez de la protección constitucional del derecho a la estabilidad laboral; al no existir otro medio o recurso legal para garantizar la protección inmediata así como para restituir los derechos y garantías restringidos y suprimidos, interpone la presente acción de amparo constitucional.