SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2016-S1

Fecha: 31-Mar-2016

a)

Wilson Rivera, Fiscal de Materia en audiencia manifestó lo siguiente: a) La vulneración del derecho al debido proceso, no es tutelable a través de la acción de libertad, salvo que exista indefensión o que esta lesión sea causa principal de la restricción de la libertad; b) El accionante se encuentra asistido por su abogado defensor; por lo que no existe indefensión; y, la supuesta dilación en el tratamiento de la audiencia de cesación de la detención preventiva, no es causal directa para la detención del mismo; dado que, se encuentra privado de libertad a causa de una resolución fundamentada y emitida por autoridad competente; y,                 c) Consideró que la presente acción de defensa no debe ser atendible, porque la audiencia de cesación de la detención preventiva se realizaría al día siguiente de la celebración de ésta acción tutelar; vale decir el 23 de diciembre de 2015.