SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2016-S3

Fecha: 22-Mar-2016

1)

Carolina Chamón Calvimontes, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por informe presentado el 13 de noviembre de 2015, cursante de fs. 32 a 33, señaló que: 1) La decisión de declarar con lugar parcialmente la apelación incidental en la que se mantuvo la detención preventiva del accionante, se halla plenamente fundamentada desde su ámbito fáctico y jurídico; y, 2) Se pronunció el Auto de Vista 156/2015, desactivando únicamente el art. 234.2 del CPP, manteniendo la probabilidad de autoría inserta en el art. 233.1 y los peligros procesales de los arts. 234.10 y 235.2 todos de la misma norma, determinando que el accionante continúe detenido preventivamente.

Ernesto Félix Mur, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y Teresa Jesús Torrez Torrez, Jueza Mixta de Instrucción de San Lorenzo del referido departamento, no asistieron a la audiencia, ni presentaron informe alguno, pese a sus legales citaciones cursantes a fs. 27 vta.