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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2016-S3

    Fecha: 30-Mar-2016

    II.1.

    II.1. A través de la Sentencia 146/2014 de 23 de junio, se declaró probada en parte la demanda presentada contra la Unidad Educativa “MI RINCONCITO” representada legalmente por Rebeca Luz Peralta -hoy accionante- (fs. 2 a 7), que fue notificada en el domicilio procesal ubicado en la calle Mercado esquina Socabaya, edificio Torre Centro, Piso 2, Of. 205 (fs. 8).

    • I.1. Contenido de la demanda
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.  Apremio laboral en ejecución de sentencia
    • en ejecución de sentencia el litigante perdidoso debe ser notificado con la conminatoria previamente al cumplimiento de la obligación en el término que le fija, vencido el cual y al no hacer efectiva la misma se dispone su apremio
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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