Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2016-CA
Fecha: 20-Abr-2016
1)
1) El recurrente, consignó su nombre, apellidos y generales de ley, acreditando ser Ministro de Economía y Finanzas Públicas del Estado Plurinacional de Bolivia, quien por disposición del art. 24 de la Ley 154, es la autoridad fiscal competente para emitir el informe técnico sobre los proyectos de ley de creación y/o modificación de impuestos por los gobiernos autónomos departamentales y municipales, manifestando ser directamente afectado en sus recaudaciones tributarias con las disposiciones legales cuestionadas, gozando en consecuencia de legitimación activa para interponer el presente recurso, conforme el art. 135 del CPCo.
- recurso contra tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones especiales
- I.1. Antecedentes
- ʽLey municipal Autonómica de Modificación a la Ley Municipal Autonóica Nº 012ʼ”
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- a)
- Fragmento 6
- II.1. Naturaleza jurídica del recurso contra tributos y otras cargas públicas
- II.2.
- 1)
- 3)
- 4)
- 2º