Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2016-RCA
Fecha: 18-Abr-2016
a)
Solicitó se conceda la tutela, y se ordene: a) La nulidad del Auto de Vista 249/2014 de 31 de octubre, y se mantenga firme el Auto de 2 de mayo de ese año, y por consiguiente ejecutoriada la Sentencia, sea con costas, daños y perjuicios; y, b) Se determine la malicia y temeridad de los demandados con remisión al Ministerio Público por el delito tipificado en el art. 303 del Código Penal (CP).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- CONFIRMAR