AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2016-ECA

Fecha: 07-Abr-2016

en estos casos corresponde declarar ‘improcedente’ el recurso.

Asimismo, en cuanto al uso de la terminología a emplearse cuando se advierte la existencia de causales de improcedencia como ser la subsidiariedad, la SC 2792/2010-R de 10 de diciembre, indicó que: “…existen casos en los que pese a ser admitida la acción tutelar, haberse llevado a cabo la audiencia y emitido resolución, una vez elevada la causa, en revisión ante este Tribunal, en forma posterior al sorteo, el Pleno advierte que no es posible ingresar al análisis de fondo (…) Al respecto, este Tribunal en las SSCC 0494/2001-R y 0652/2004-R, entre otras, hasta la SC 0820/2007-R de 6 de diciembre, inclusive; indicó que en estos casos corresponde declarar ‘improcedente’ el recurso.