SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
II
El accionante, alega lesionado sus derechos a la educación, a la petición, al debido proceso, a la “presunción de inocencia”, a la defensa y a la dignidad, en virtud de haberle iniciado un proceso interno, como resultado se emitió la RA 058/2014, y posteriormente al haber presentado el recurso jerárquico se emitió la Resolución 478/2014, que confirmó en todas sus partes la RA 058/2014, ratificando su retiro disciplinario de la ANAPOL, sin derecho a reincorporación, presuntamente por haber infringido una falta gravísima, contemplada en el Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL, toda vez que las citadas Resoluciones lesionan derechos, garantías y principios constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en sus elementos de la debida motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR