Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2016-S3
Fecha: 25-Abr-2016
Fragmento 11
Sustentar el Estado en valores de unidad, dignidad, armonía e igualdad de oportunidades y de género en la participación, supone un desarrollo normativo que teleológicamente logre la consecución del vivir bien, más no como fórmula constitucional de mera enunciación, sino como un hecho real de protección de las y los bolivianos. Precisamente, el art. 8.II de la CPE, rescata la tradición proteccionista laboral boliviana y la proyecta de manera holística, en el marco del modelo de Estado Unitario Social y Derecho Plurinacional Comunitario, posibilitando mayor tutela de derechos y estableciendo criterios objetivos a favor de las y los trabajadores.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Sobre la inamovilidad laboral de la madre trabajadora y el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación dispuestas por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte