Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2016-S3
Fecha: 25-Abr-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela y se disponga la efectivización de la salida judicial para su internación en el centro médico tratante Hospital Luis Uría de la Oliva de la CNS y/o Clínica Señor de la Exaltación de manera alternativa en caso de no existir camas disponibles en la CNS, y de allí pueda trasladarse a los otros centros públicos o privados para la realización de cuanto examen, laboratorio y tratamiento de especialidad sea requerido, hasta la conclusión que dispongan los médicos y especialistas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR