Fragmento 1
El suscrito Magistrado, considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0054/2016 de 23 de mayo, correlativa a la DCP 0088/2014 de 19 de diciembre, sobre el criterio de compatibilidad de los arts. 41.18 (Atribuciones de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal); 121 (Uso de Suelos) y 122 (Ordenamiento Territorial) sobre la coordinación con las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinas (NPIOC). De conformidad al art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), se presentan los argumentos respectivos de orden constitucional.
