Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2016-CA
Fecha: 06-May-2016
I.2. Petitorio
Solicitó se disponga la declinatoria de jurisdicción por parte de los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; Jueces Técnicos y Jueces Ciudadanos del Tribunal Primero de Sentencia Penal del mismo departamento, que la misma sea previa nulidad de todo lo obrado, en mérito a que su autoridad resulta ser Juez Natural en el presente caso. De tal manera sea declarado competente en calidad de “…Hilacata del Ayllu Tinta Segundo Serie “E” del Territorio Indígena Originario Campesino, Consejo de Autoridades Originarias de Challacollo Marka Caochma de la Nación Originaria Suyu Suras…” (sic).